Se considerarán gastos subvencionables:
1. Gastos de equipamiento general:
- Material fungible.
- Material informático tal como: Ordenador Portátil, de sobremesa, Tablet, etc. (En ningún caso se considerará deducible la adquisición de un teléfono móvil).
2. Gastos específicos:
- Adquisición de licencias de programas.
- Equipamiento y material específico directamente relacionado con la formación cursada.
- Tasas de matrícula efectivamente abonadas
- Otra formación específica directamente relacionada con la formación cursada
De las facturas y documentos acreditativos del gasto debe deducirse de forma cierta que se relacionan con los gastos detallados.
El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el siguiente día a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal y hasta el 31 de julio de 2021.
Las solicitudes se presentarán a través del registro general del Ayuntamiento de Massanassa y en todo caso, por cualquiera de los medios señalados en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas