1. Es el instrumento de planificación de las políticas de juventud en la Comunitat Valenciana.
2. Tendrá una vigencia de 5 años.
3. Establecerá las directrices generales de la política juvenil que se llevará a cabo en la Comunitat Valenciana.
4. Servirá para coordinar todas las actuaciones y programas de las distintas consellerìas y de las administraciones locales que incidan en las personas jóvenes.
5. Contendrá medidas concretas para facilitar la emancipación de los y las jóvenes, tanto a nivel de formación y ocupación, orientación y conciliación de la vida personal, familiar y laboral, como de vivienda y movilidad.
6. Incluirá acciones desde los ámbitos de la salud, el consumo responsable y el acceso a un ocio educativo, a través de la cultura y el deporte.
7. Prestará una atención particular a los colectivos con dificultades especiales: jóvenes del medio rural, jóvenes con diversidad funcional, jóvenes con personas a su cargo, familias monomarentals, minorías, inmigrantes y jóvenes que han tenido que desplazarse al exterior por razones económicas.
8. Recogerá las actuaciones en materia de información, dinamización y animación juvenil; de promoción de la participación, de la movilidad internacional y del voluntariado.
9. Promoverá la actividad asociativa y la participación libre y eficaz de la juventud en la sociedad y en la toma de decisiones.
10. Fomentará las actitudes y los valores democráticos entre la juventud, la igualdad efectiva de las personas jóvenes, y la eliminación de las discriminaciones por razón de sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
11. Incluirá una perspectiva intercultural.
12. Dispondrá de los recursos y los presupuestos propios que sean necesarios para su desarrollo.
El IVAJ elaborará la EVJ, a partir de la propuesta de la Comisión Interdepartamental de Juventud de la Generalitat, después de los procesos de participación juvenil previstos en la ley, que contarán con la intervención del Consell Valencià de la Joventut.
El siguiente paso será la aprobación por el Consell Rector del IVAJ y, finalmente, la EVJ se trasladará al Consell para que la apruebe.
Los elementos de apoyo para la planificación y control de la EVJ serán:
El Consell Rector del IVAJ (enlace a documento)
La Comisión Interdepartamental de Juventud de la Generalitat (enlace a documento)
Los planes territoriales de juventud (enlace a documento)
La Xarxa Jove (enlace a documento)
Corresponde al IVAJ:
El impulso, la coordinación, el seguimiento y el control de la EVJ.
Garantizar unos medios y unos mecanismos para realizar estudios e informes sobre la situación de la juventud valenciana, establecer un sistema de indicadores del impacto de la ejecución de la EVJ, y hacer un seguimiento planificado de su ejecución.
Establecer las prioridades en objetivos y estrategias de acción de la EVJ, con la colaboración y participación de las diferentes consellerias y de las entidades locales.
Hacer el seguimiento y la evaluación de las medidas ejecutadas, en la periodicidad que se determine, que será, como mínimo, de una vez el año.
Las administraciones implicadas adoptarán y presupuestarán las medidas necesarias para la ejecución de las acciones incluidas en la EVJ y, cuando acabe el periodo de vigencia, rendirán cuenta al Institut Valencià de la Joventut.
Los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, dentro de sus posibilidades, podrán:
Participar en la planificación de las políticas autonómicas de juventud.
Impulsar, supervisar y coordinar los programas y acciones que se lleven a cabo al municipio con el fin de conseguir los objetivos de la EVJ.
Trabajar de forma coordinada con otros ayuntamientos.
Realizar, aprobar y, si hace falta, modificar el plan municipal de juventud con un procedimiento que garantice la participación de los consejos de la juventud, de las asociaciones juveniles y de las personas jóvenes.
Elaborar programas y acciones que faciliten la autonomía personal de la juventud y que promuevan hábitos de vida saludables y actitudes responsables, solidarias y de respeto a la diversidad.
Prestar servicios de información, dinamización, formación, asesoramiento y orientación y de ocio educativo, de acuerdo con las necesidades de la localidad.
Impulsar, mediante las actividades de tiempo libre educativo, la promoción de la infancia, la adolescencia y la juventud del municipio, para romper dinámicas de desigualdad.
Promover la creación de equipamientos y espacios públicos para la juventud.
Desarrollar actividades culturales, deportivas y de ocupación del tiempo libre de la juventud del municipio.
Promover la participación ciudadana y la implicación de la sociedad en general en la prevención y la resolución de los problemas juveniles detectados, y fomentar el tejido asociativo juvenil como forma prioritaria de participación de la juventud.
Dar apoyo técnico, económico y formativo a los consejos locales de la juventud, como órganos de consulta, asesoramiento y participación del colectivo joven, en el diseño de las políticas de juventud de ámbito municipal.
Elaborar estudios de juventud o colaborar con los que realice la Generalitat.
Velar por la formación permanente de sus empleados públicos que gestionan políticas juveniles.
Para cumplir sus fines en materia de juventud, las entidades locales recibirán el apoyo técnico y económico de la administración de la Generalitat.